Por años, Armando Benedetti ha pasado por la política y la función pública sin enfrentar consecuencias reales por su carácter explosivo y sus ataques verbales, especialmente contra mujeres. Su estilo confrontativo se ha vuelto parte de su marca personal. Ofende, provoca, se victimiza y sigue adelante como si nada. Sin embargo, esta vez su último exabrupto podría marcar un punto de quiebre.
El ministro de Interior desató una nueva tormenta al llamar “loca, demente y delincuente” a la magistrada de la Corte Suprema Cristina Lombana, luego de que esta ordenara una inspección judicial en una de sus mansiones en Barranquilla. Esa conducta, amparada en su habitual desparpajo, podría acarrearle una sanción disciplinaria grave o incluso una suspensión del cargo, de acuerdo con las normas vigentes y los antecedentes recientes.
El Código Disciplinario Único establece que todo servidor público debe tratar con respeto a las personas con las que se relacione por razón de su cargo, y prohíbe expresamente las expresiones injuriosas, violentas o humillantes. En este caso, los insultos de Benedetti a una mujer magistrada podrían calificarse como una falta gravísima, pues vulneran los principios de respeto y dignidad en el ejercicio de la función pública.
Puntualmente, el numeral 6 del artículo 34 consagra una obligación de carácter general para todos los servidores públicos. Este deber les exige comportarse con respeto, imparcialidad y rectitud en las relaciones interpersonales que tengan por razón del servicio.
La norma impone al funcionario público un deber de buen trato manifestado en el respeto, la imparcialidad y la rectitud, ya que estas son exigencias constitucionales fundamentales para el correcto funcionamiento de la administración pública, reza el documento.
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“Ojalá que a la Procuraduría le llegaran cien mil peticiones de ciudadanos indignados pidiéndole al procurador a actuar de manera enérgica en el marco de sus funciones. Si la Procuraduría hiciera eso, el señor Benedetti hoy, antes de terminar el día, estaría suspendido del cargo”, dijo Camilo Enciso, exsecretario de Transparencia.
Aunque los ataques de Armando Benedetti contra la magistrada Cristina Lombana no son nuevos, esta vez cruzaron definitivamente la línea entre el debate y la desmesura. Lo que podría haberse entendido como una reacción emocional ante una investigación judicial terminó evidenciando un patrón de conducta más profundo, marcado por expresiones de machismo y violencia verbal que han acompañado al funcionario durante años. Su comportamiento no sorprende a quienes han seguido su trayectoria.
Esta no sería la primera vez que la Procuraduría recibe una queja o una demanda contra un funcionario público por sus declaraciones ofensivas o irrespetuosas. El país ha visto varios casos en los que el Ministerio Público ha actuado con firmeza, imponiendo sanciones ejemplares sin titubeos, tal como lo ordena el Código Disciplinario Único, que exige respeto, rectitud y moderación en el ejercicio de la función pública.
Uno de los antecedentes más recordados es el del exministro Fernando Londoño Hoyos, quien fue inhabilitado por 12 años por llamar “corrupta” a una jueza. La sanción fue impuesta luego de que el entonces ministro de Estado, durante un foro universitario en Medellín en noviembre de 2002, lanzara duras críticas contra el juez de ejecución de penas de Tunja, Pedro Suárez Vaca, por haber ordenado la libertad de los extraditados jefes del cartel de Cali, Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela.
La Procuraduría consideró que Londoño había vulnerado el deber de respeto hacia las autoridades judiciales y que sus palabras constituían una expresión injuriosa e incompatible con la dignidad del cargo que ostentaba. El fallo resaltó que, aunque la libertad de expresión es un derecho protegido, en el caso de un ministro de Estado existe un deber reforzado de prudencia y respeto, especialmente cuando se trata de referirse a las decisiones de otros funcionarios públicos.
Otro caso es el del fallecido exalcalde de Bucaramanga y excandidato presidencial Rodolfo Hernández, recordado por su temperamento explosivo y su estilo frontal para enfrentar las críticas. En 2018, Hernández protagonizó el llamado “caso del lavaperros”, cuando, en medio de una discusión pública, insultó al veedor ciudadano Fernando Martínez, quien le reclamaba por la tala de árboles en un parque de la ciudad.
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Visiblemente molesto, el entonces alcalde respondió con frases ofensivas como: “Usted es un lavaculos de la politiquería, lavaperros de la politiquería y de los ladrones que se robaron Bucaramanga”. Las declaraciones, registradas en video y ampliamente difundidas, desataron una polémica nacional por el tono agresivo del mandatario local.
En ese caso, la Procuraduría General concluyó que Hernández había incurrido en faltas contra el respeto y la dignidad ciudadana, sancionándolo con una multa de 62 millones de pesos. El órgano de control sostuvo que, aunque los funcionarios pueden defender sus decisiones, no pueden hacerlo a costa del buen trato ni del lenguaje ofensivo, especialmente cuando representan a la administración pública.
Otra de esas decisiones fue impuesta al exalcalde de Cartagena, William Dau Chamat. La Procuraduría General de la Nación lo sancionó por siete meses por atentar contra el buen nombre de varios servidores públicos, a quienes acusó de ser “cómplices de la corrupción en Colombia”.
El órgano de control demostró que Dau trató de manera irrespetuosa a concejales, autoridades judiciales y entes de control de la Cartagena. En una entrevista concedida a un medio local, el entonces alcalde afirmó: “Todos los órganos de control y de justicia comen del mismo plato. Exijo que la Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría General entren a investigar ya, decidan ya, en este momento sobre el caso de esos vergajos, sinvergüenzas, concejales”.
Para la Procuraduría, esas palabras traspasaron los límites del debate público y configuraron un trato humillante e impropio de un servidor, violando los deberes de respeto y decoro establecidos en el Código Disciplinario Único.
Con este, ya son varios los casos en los que la Procuraduría ha impuesto sanciones ejemplares a funcionarios por el uso de expresiones insultantes o degradantes, reafirmando que el lenguaje del poder no puede convertirse en instrumento de agresión o desprecio. Esa línea de actuación deja claro que Armando Benedetti, tras sus insultos contra una magistrada de la Corte Suprema, podría enfrentar la misma suerte que Londoño, Hernández y Dau. Una suspensión o sanción que marque el límite entre la libre expresión y el irrespeto desde el poder.
Con estos antecedentes, todo indica que la Procuraduría podría actuar pronto contra Benedetti, al menos con una suspensión provisional mientras avanza la investigación. A esto se suma una denuncia penal ante la Fiscalía, interpuesta por el veedor ciudadano Pablo Bustos, por el delito de violencia contra servidor público, que contempla penas de prisión de cuatro a ocho años.