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Corte Constitucional dejó en firme la ley que prohíbe corridas de toros, corralejas y peleas de gallos en Colombia

La medida sobre las corridas de toro entrará en vigor en el país a partir de 2027.

  • Quedó en firme la constitucionalidad de la ley #NoMásOlé que prohíbe de manera progresiva en Colombia las corridas de toros, las corralejas, el coleo y las peleas de gallo. FOTO: GETTY
    Quedó en firme la constitucionalidad de la ley #NoMásOlé que prohíbe de manera progresiva en Colombia las corridas de toros, las corralejas, el coleo y las peleas de gallo. FOTO: GETTY
04 de septiembre de 2025
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La Corte Constitucional declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 de 2024, que prohíbe las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, y en una decisión unánime y con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, amplió el veto a las corralejas, los toros coleados y las peleas de gallos al declarar inexequible el apartado de la norma que las mantenía como una excepción.

En desarrollo del mandato de protección animal, la Sala Plena declaró inconstitucional la expresión contenida en el parágrafo cuarto del artículo 3 de la ley, que señalaba textualmente: “Por tanto, quedarán excluidas de la prohibición las cabalgatas, las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos”.

Sin embargo, la Corte difirió los efectos de esta decisión por un término de tres años. Este plazo tiene como finalidad que el Gobierno y las entidades territoriales inicien los procesos de reconversión laboral y cultural para las personas que dependen económicamente de estas actividades, tal como lo establece la ley para el sector taurino.

Sin embargo, un error de redacción en el borrador que se conoció inicialmente de la Corte Constitucional desató un intenso debate en el país. Durante varias horas, organizaciones animalistas y defensores de los animales celebraron lo que creyeron un triunfo histórico: la prohibición de las cabalgatas en Colombia.

Sin embargo, el alto tribunal aclaró posteriormente que las cabalgatas no hacen parte de las actividades vetadas. En su primera comunicación, la Corte incluyó a las cabalgatas junto con las corridas de toros, las corralejas y las peleas de gallos como prácticas que dejarían de existir en el país. La noticia fue recibida con júbilo por colectivos animalistas, que interpretaron la decisión como un paso decisivo hacia el fin de todas las exhibiciones públicas con animales.

Pero horas más tarde, el propio tribunal tuvo que salir a rectificar. A través de un comunicado, precisó que la prohibición se limita a corridas de toros, novilladas, rejoneo, becerradas, tientas, corralejas y peleas de gallos. El error dejó en evidencia la complejidad del debate. Por un lado, los sectores defensores de los animales consideraron la rectificación como un retroceso frente a lo que ya daban por ganado. Por otro, los gremios ecuestres y ganaderos celebraron la aclaración, recordando que la ley misma excluía expresamente las cabalgatas de la prohibición general.

El alto tribunal respaldó el resto del articulado de la Ley 2385, al considerar que no vulnera la diversidad cultural, el libre desarrollo de la personalidad ni los derechos adquiridos de quienes se dedican a estas prácticas. De esta forma, se mantiene el objeto de la norma, que busca “aportar en una transformación cultural que se fundamente en el reconocimiento y respeto por la vida animal”.

Tras la ratificación de la ley, la senadora Esmeralda Hernández, autora de la ley, reaccionó a la noticia. “Hemos logrado algo histórico para los animales. La Corte Constitucional declaró exequible nuestra ley que prohíbe las corridas de toros en Colombia y tumbó un artículo que exceptuaba las corralejas, los toros coleados y las peleas de gallos, lo que significa que también restringe estas actividades. Gracias al país, a la ciudadanía y al movimiento animalista que nos ha acompañado en esta lucha”, dijo a través de un video en redes sociales.

Por su parte, la senadora Andrea Padilla, que ha radicado varias leyes en busca del bienestar animal en el país, aseguró que persistirá en la lucha contra las cabalgatas con un proyecto de ley que se encuentra en trámite.

Además, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal de Bogotá también celebró la decisión de la Corte. “Hay días en que en Colombia se producen noticias maravillosas y hoy es un día de esos. En la alcaldía de Bogotá estamos absolutamente contentos porque la Corte Constitucional en el fallo de constitucional frente a las demandas sobre la ley No Mas Olé ha dicho temas que van a marcar la historia. En Bogotá estamos felices porque esto sirve para seguir avanzando en nuestra casa y para que sea cada vez más animalista”, señaló la entidad en X.

La Ley 2385 ya establecía que la prohibición de las corridas de toros entraría en vigor tres años después de su expedición, es decir, a partir de julio de 2027. Durante este periodo de transición, las actividades taurinas solo podrán realizarse bajo estrictas condiciones de bienestar animal, en lugares donde sean una manifestación ininterrumpida de tradición y con la prohibición expresa de destinar dinero público para su financiación o para la construcción de instalaciones.

En paralelo a esta transición, la ley ordena al Gobierno diseñar y ejecutar en un plazo de tres años programas de reconversión económica y laboral para las personas que demuestren que su sustento principal se deriva de las actividades prohibidas. Para ello, se creará una Comisión Interinstitucional liderada por el Ministerio del Trabajo y conformada por otras carteras como las de Cultura, Agricultura y Comercio.

Lea aquí: Prohibición a las corridas de toros: lo que viene para su reglamentación y las críticas contra el proyecto

Una vez que la prohibición entre en plena vigencia, el Gobierno y las entidades territoriales tendrán un año para reconvertir los escenarios de propiedad pública, como las plazas de toros, en espacios para actividades culturales, lúdicas, deportivas y artísticas. Para este fin, se podrán utilizar figuras como las Alianzas Público-Privadas.

Asimismo, la norma busca un cambio cultural a largo plazo, por lo que ordenó a los Ministerios de Educación y Ambiente brindar orientaciones para que en los proyectos escolares se integre el cuidado y la protección de los animales. Por su parte, el Ministerio de las Culturas deberá implementar programas para desincentivar estas prácticas en la sociedad.

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