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Juzgado ordenó suspender operaciones aéreas contra objetivos donde pueda haber presencia de menores reclutados

En recientes operativos de las fuerzas militares contra grupos armados ilegales han muerto tres menores de edad, según Medicina Legal. Una medida cautelar por una acción de tutela emitió esa decisión.

  • Como parte de su estrategia de seguridad, el gobierno de Abelardo de la Espriella ha intensificado las operaciones militares contra los grupos ilegales. FOTO EL COLOMBIANO
    Como parte de su estrategia de seguridad, el gobierno de Abelardo de la Espriella ha intensificado las operaciones militares contra los grupos ilegales. FOTO EL COLOMBIANO
03 de septiembre de 2026
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El juzgado 34 de familia de Bogotá ordenó, de manera cautelar, a la Presidencia de la República y a las Fuerzas Militares suspender “operaciones aéreas ofensivas” sobre objetivos en los que exista información “cierta, objetiva o razonablemente verificable” acerca de la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados por grupos armados ilegales.

Por tratarse de una medida cautelar, es una orden provisional que debe mantenerse mientras el juzgado toma una decisión de fondo.

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En ese sentido, la decisión señaló que hasta tanto no se adopten y verifiquen las medidas de precaución y protección necesarias y se determine “que no existe una alternativa operacional menos lesiva que permita alcanzar el objetivo militar legítimo perseguido”, los bombardeos donde pueda haber presencia de menores de edad deben suspenderse.

Lo anterior debe estar conforme a la información disponible y a los protocolos operacionales aplicables.

Parte del fallo señala que se debe advertir a las autoridades demandadas —entre las que están los ministerios de Defensa y del Interior, el Ejército y las Fuerzas Militares— que deben “adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento inmediato de esta determinación”.

Al respecto, el Gobierno De la Espriella tendrá que considerar “el interés superior y la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, así como los principios de distinción, precaución y proporcionalidad y las obligaciones constitucionales e internacionales aplicables a la protección de la niñez en contextos de conflicto armado.

Vale recordar que el pasado 31 de agosto, el Ministerio de Defensa señaló que en un operativo conjunto de las Fuerzas Militares y la Policía contra una estructura del Bloque Jorge Suárez Briceño, facción de las disidencias de ‘Calarcá’, dejó 10 integrantes muertos, entre los que se encontraban tres menores de edad, y un capturado.

Según las autoridades, el operativo permitió afectar de manera estratégica a esta estructura armada en una zona selvática de difícil acceso en el departamento del Guaviare. Sin embargo, el balance de la operación tuvo un elemento que generó especial preocupación. El Instituto de Medicina Legal estableció que tres de los integrantes que murieron durante el operativo eran menores de edad.

Frente a esta situación, las autoridades señalaron que el reclutamiento y la utilización de menores de edad por parte de grupos armados constituyen una grave violación al Derecho Internacional Humanitario (DIH) y un crimen de guerra.

El ministerio, liderado por el general (r) Jorge Mora, señaló que “rechazamos categóricamente esta práctica y trabajaremos con el Ministerio de Justicia y las demás entidades competentes para fortalecer la protección de los menores, perseguir las redes de reclutamiento y sancionar a quienes los instrumentalizan”.

El funcionario también mencionó que, como resultado de la operación, se neutralizaron diez integrantes de la estructura armada, “todos ellos combatientes”. Además, fue capturado otro integrante y recuperado un menor de edad que se encontraba “en función continua de combate”, a quien posteriormente le fueron restablecidos sus derechos.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué decidió el juez sobre los bombardeos en Colombia donde haya menores?
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó suspender cautelarmente operaciones aéreas ofensivas contra objetivos donde exista información verificable sobre la presencia de menores reclutados. La medida estará vigente mientras se adopta una decisión definitiva sobre el caso.
¿Por qué se suspendieron los bombardeos contra grupos armados cuando hay menores?
La suspensión busca proteger a niños, niñas y adolescentes reclutados por grupos armados y exige evaluar alternativas menos lesivas antes de realizar una operación. La decisión invoca principios de distinción, precaución y proporcionalidad aplicables al conflicto armado.
¿Qué deben hacer las Fuerzas Militares antes de bombardear un objetivo donde podría haber menores?
Las Fuerzas Militares deberán verificar la información disponible, adoptar medidas de precaución y protección y establecer que no existe otra alternativa operacional menos lesiva para alcanzar el objetivo militar legítimo antes de realizar una operación aérea ofensiva.
¿Qué implica la medida cautelar para las operaciones militares del Gobierno de Abelardo de la Espriella?
La medida impone provisionalmente mayores condiciones de precaución cuando exista información verificable sobre menores reclutados en los objetivos. No constituye una decisión definitiva sobre las operaciones militares, pues el juzgado todavía debe resolver el asunto de fondo.

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