Tras declarar inexequible el Decreto 1390 de 2025, con el que el Gobierno Petro había establecido el estado de emergencia económica en diciembre de 2025, la Corte Constitucional también ordenó reintegrar los recursos recaudados.
La decisión deja sin piso los impuestos creados bajo esa declaratoria. La Corte ordenó que los impuestos directos modificados o causados durante la vigencia de la norma no sean objeto de declaración, liquidación ni cobro por parte de la Dian.
Además, los pagos realizados de forma anticipada deberán ser devueltos a los contribuyentes.
En cuanto a los impuestos indirectos, como el IVA a licores y juegos de azar, estos también deberán ser reintegrados a quienes hayan asumido efectivamente el pago, siempre que puedan acreditarlo. La suma que tendría que devolver el Gobierno asciende a $1,6 billones.
Para ello, la Dian tendrá un plazo de 30 días desde la notificación de la sentencia para aplicar mecanismos legales existentes o diseñar uno específico.
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