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Dian aplaza renta a 308.000 contribuyentes afectados por terremoto

La emergencia llevó a la autoridad tributaria a aplazar la renta de 308.000 contribuyentes, con nuevos vencimientos entre octubre y noviembre.

  • La Dian aplazó los vencimientos de renta para cerca de 308.000 contribuyentes de las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto. FOTO cortesía Dian
    La Dian aplazó los vencimientos de renta para cerca de 308.000 contribuyentes de las zonas afectadas por el terremoto del 10 de agosto. FOTO cortesía Dian
hace 6 horas
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aplazó los vencimientos para la presentación y pago del impuesto sobre la renta de cerca de 308.000 contribuyentes de las zonas afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto.

La medida hace parte de las disposiciones tributarias adoptadas por el Gobierno Nacional para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en los territorios impactados por la emergencia. Según la Dian, estos contribuyentes podrán concentrar sus esfuerzos en atender las consecuencias derivadas del sismo.

El director de la entidad, Andrés Felipe Velásquez Reyes, explicó que las seccionales afectadas agrupan cerca del 14% del total de los declarantes del país. La Dian estima que entre octubre y noviembre se recaudarán aproximadamente $213.000 millones correspondientes a obligaciones cuyo pago fue reprogramado.

¿Quiénes son los 308.000 contribuyentes beneficiados?

El aplazamiento está dirigido a contribuyentes que cumplen las condiciones establecidas en las medidas tributarias expedidas por el Gobierno para atender la emergencia.

En el caso del Cauca, por ejemplo, la medida cobija a aproximadamente 24.800 contribuyentes, con un recaudo estimado superior a $9.700 millones.

Para este departamento, el beneficio está establecido mediante el Decreto 1226 del 18 de agosto de 2026 y aplica únicamente a personas naturales y sucesiones ilíquidas obligadas a declarar renta, cuyos NIT terminan entre 01 y 26 y que, al 10 de agosto de 2026, tenían registrado su domicilio fiscal en municipios pertenecientes a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán.

Este grupo podrá presentar y pagar su declaración entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre de 2026, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT y sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Los contribuyentes que no cumplan con las condiciones establecidas deberán atender sus obligaciones en las fechas originalmente previstas en el calendario tributario vigente.

¿Cómo saber si un contribuyente tiene el beneficio?

La Dian indicó que los ciudadanos pueden verificar si están cobijados por el aplazamiento consultando su Registro Único Tributario (RUT).

La casilla 12 permite identificar la dirección seccional a la que pertenece el domicilio fiscal. A su vez, las casillas 39, 40 y 41 contienen la información sobre el departamento, municipio y dirección principal registrados ante la Dian.

La entidad recomienda revisar estos datos para determinar si se cumplen las condiciones necesarias para acceder a los nuevos vencimientos.

Velásquez señaló que el aplazamiento pretende dar margen a los ciudadanos de los territorios afectados para atender las consecuencias de la emergencia antes de cumplir con las obligaciones tributarias reprogramadas.

“Las seccionales afectadas por el terremoto agrupan a cerca del 14% del total de los declarantes del país y estimamos que el número de contribuyentes que tendrá aplazamiento de vencimientos en esas ciudades alcanza las 308.000 personas”, explicó el director de la Dian.

El funcionario agregó que la entidad espera recaudar cerca de $213.000 millones entre octubre y noviembre, una vez se cumplan los nuevos plazos establecidos.

Dian pide aportes voluntarios para la reconstrucción

La autoridad tributaria también invitó a los contribuyentes de todo el país a realizar un aporte voluntario mediante la declaración de renta para apoyar las labores de atención, reconstrucción y asistencia a las familias afectadas por el terremoto.

Los contribuyentes que quieran hacer este aporte deben diligenciar la casilla 141 del formulario 210, en el caso de residentes, o la casilla 117 del formulario 110, para los no residentes.

“Estamos muy agradecidos con las personas que, aun en medio de estas circunstancias, han cumplido con la presentación y pago de su impuesto de renta”, manifestó Velásquez.

El director de la Dian reiteró el llamado a los contribuyentes de todo el país para que mantengan el cumplimiento de sus obligaciones y consideren realizar el aporte voluntario destinado a respaldar la reconstrucción de los territorios afectados.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Quiénes son los 308.000 contribuyentes que tienen plazo especial para declarar renta?
Son personas naturales y sucesiones ilíquidas de las zonas declaradas en emergencia por el terremoto del 10 de agosto, que cumplen las condiciones establecidas por el Gobierno y tienen su domicilio fiscal en las jurisdicciones cobijadas por la medida.
¿Hasta cuándo pueden declarar renta los contribuyentes afectados por el terremoto?
Los contribuyentes beneficiados tienen nuevos vencimientos entre el 27 de octubre y el 13 de noviembre de 2026, según los dos últimos dígitos de su NIT y sin tener en cuenta el dígito de verificación.
¿Qué pasa con los contribuyentes que no están incluidos en el aplazamiento de la DIAN?
Deben cumplir con las fechas establecidas en el calendario tributario vigente. Para las personas naturales, los vencimientos de renta van del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, según los dos últimos dígitos de la cédula. No cumplir a tiempo puede generar sanciones e intereses por mora.

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