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¿Le toca declarar renta este año? Conozca el calendario que comienza este 12 de agosto

Más de siete millones de contribuyentes tendrán que presentar la declaración de renta en Colombia durante los próximos meses. La Dian definió los topes, las fechas de vencimiento y recordó que basta con cumplir uno de los seis requisitos establecidos para estar obligado a declarar.

  • El calendario de declaración de renta iniciará el 12 de agosto y finalizará el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT. FOTOS DIAN Y CORTESÍA
    El calendario de declaración de renta iniciará el 12 de agosto y finalizará el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT. FOTOS DIAN Y CORTESÍA
  • Calendario tributario para personas naturales. FOTO: CORTESÍA DIAN
    Calendario tributario para personas naturales. FOTO: CORTESÍA DIAN
hace 2 horas
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Este año, más de siete millones de personas naturales tendrán que presentar la declaración de renta en Colombia.

Los primeros vencimientos comenzarán el 12 de agosto y se extenderán hasta el 26 de octubre, de acuerdo con el calendario tributario establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

La entidad estima que este proceso permitirá un recaudo cercano a $6,1 billones, por lo que hizo un llamado a los contribuyentes para no esperar hasta el último momento y evitar sanciones por presentar la declaración fuera del plazo.

Le puede interesar: Más colombianos declararán renta por primera vez en 2026: quiénes están obligados

Calendario de la declaración de renta 2026: estas son las primeras fechas

El calendario de vencimientos está organizado según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Calendario tributario para personas naturales. FOTO: CORTESÍA DIAN
Calendario tributario para personas naturales. FOTO: CORTESÍA DIAN

Durante agosto, las fechas serán las siguientes:

- 01 y 02: 12 de agosto.

- 03 y 04: 13 de agosto.

- 05 y 06: 14 de agosto.

- 07 y 08: 18 de agosto.

- 09 y 10: 19 de agosto.

- 11 y 12: 20 de agosto.

- 13 y 14: 21 de agosto.

- 15 y 16: 24 de agosto.

- 17 y 18: 25 de agosto.

- 19 y 20: 26 de agosto.

- 21 y 22: 27 de agosto.

- 23 y 24: 28 de agosto.

- 25 y 26: 31 de agosto.

En septiembre continuarán los vencimientos para las terminaciones entre 27 y 66, mientras que en octubre deberán presentar la declaración quienes tengan NIT terminados entre 67 y 00.

El último plazo será el 26 de octubre, para las terminaciones 99 y 00.

Lea más: Declaración de renta: 5 beneficios tributarios que pueden ayudar a pagar menos impuesto

¿Quiénes deben presentar la declaración de renta en 2026?

La Dian estableció que basta con cumplir uno de los siguientes requisitos para quedar obligado a declarar el impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025.

Los seis topes para declarar renta

- Haber sido responsable del IVA al 31 de diciembre de 2025.

Tener un patrimonio bruto superior a $224.096.000 (4.500 UVT) al cierre de 2025.

- Registrar ingresos brutos iguales o superiores a $69.719.000 (1.400 UVT) durante 2025.

- Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $69.719.000.

- Registrar compras y consumos por más de $69.719.000.

- Tener consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas superiores a $69.719.000.

La Unidad de Valor Tributario (UVT) utilizada para estos cálculos corresponde a la de 2025, fijada en $49.799.

¿Cómo consultar la información para elaborar la declaración?

Con el fin de facilitar el proceso, la Dian habilitó desde el 21 de julio la consulta de la información exógena, una base de datos que reúne los reportes enviados por empleadores, entidades financieras, clientes, proveedores y notarías.

En esta plataforma pueden aparecer datos relacionados con:

- Salarios.

- Retenciones practicadas.

- Saldos bancarios.

- Consumos con tarjetas de crédito.

- Compras.

- Operaciones inmobiliarias.

No obstante, la entidad recordó que esta información es únicamente una guía y debe verificarse con los soportes y documentos del contribuyente antes de presentar la declaración.

Además, los ciudadanos pueden utilizar la herramienta Ayuda Renta, que permite elaborar un borrador del formulario antes de realizar la presentación oficial.

Conozca también: Dian habilitó consulta de información exógena para preparar declaración de renta

Otras obligaciones tributarias de agosto

El calendario tributario de agosto también incluye otros vencimientos importantes.

El 3 de agosto vence el plazo para actualizar el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) cuando se hayan presentado modificaciones durante el segundo trimestre del año.

Entre el 12 y el 26 de agosto deberán declararse y pagarse las retenciones en la fuente correspondientes a julio, mientras que el 18 de agosto será la fecha límite para declarar y pagar el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.

¿Qué pasa si no presenta la declaración de renta dentro del plazo?

La Dian advirtió que presentar la declaración después del vencimiento puede generar multas e intereses.

Según el artículo 641 del Estatuto Tributario, la sanción por extemporaneidad corresponde al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, sin que el valor supere el 100% del impuesto.

A esta sanción se suman los intereses de mora cuando existan valores pendientes de pago, razón por la cual la autoridad tributaria recomienda realizar el trámite con anticipación para evitar inconvenientes técnicos o retrasos de última hora.

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Bloque de preguntas y respuestas:

¿Quiénes deben presentar la declaración de renta en 2026?
Deben declarar las personas naturales que cumplan al menos uno de los requisitos establecidos por la Dian, como superar los topes de patrimonio, ingresos, consumos, consignaciones o haber sido responsables del IVA al cierre de 2025.
¿Cuándo comienza el calendario de declaración de renta 2026?
Los primeros vencimientos comienzan el 12 de agosto de 2026 y el calendario finalizará el 26 de octubre, según los dos últimos dígitos del NIT.
¿Cuál es el tope de ingresos para declarar renta?
Para el año gravable 2025, deben declarar quienes hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a $69.719.000 durante el año.

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