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Arrancan los vencimientos tributarios: guía completa de fechas clave para sus obligaciones fiscales

Desde abril comienzan vencimientos tributarios clave: exógena 2025 arranca el 28 de abril y renta de grandes contribuyentes vence entre 13 y 27.

  • La DIAN inició el calendario de vencimientos tributarios con plazos clave desde abril para contribuyentes en Colombia. FOTO EL COLOMBIANO
    La DIAN inició el calendario de vencimientos tributarios con plazos clave desde abril para contribuyentes en Colombia. FOTO EL COLOMBIANO
  • Arrancan los vencimientos tributarios: guía completa de fechas clave para sus obligaciones fiscales
  • La información exógena es fundamental para el control fiscal y la detección de inconsistencias en las declaraciones. FOTO EL COLOMBIANO
    La información exógena es fundamental para el control fiscal y la detección de inconsistencias en las declaraciones. FOTO EL COLOMBIANO
hace 2 horas
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Tenga en cuenta que desde este mes arrancan los vencimientos para varias obligaciones fiscales clave, entre ellas la presentación de la Información Exógena Tributaria (información o datos pedidos por la Dian) del año gravable 2025.

Este reporte, obligatorio para personas naturales y jurídicas que cumplan ciertas condiciones, es uno de los instrumentos más relevantes para el control fiscal, ya que permite cruzar información, detectar inconsistencias y fortalecer la lucha contra la evasión y el contrabando.

El calendario definido por la entidad establece fechas diferenciadas según el tipo de contribuyente y el último dígito del NIT.

Para los grandes contribuyentes, los vencimientos comenzarán el 28 de abril y se extenderán hasta el 13 de mayo de 2026. En el caso de las personas jurídicas y naturales, los plazos iniciarán el 14 de mayo y finalizarán el 12 de junio.

La Dian recomendó a los obligados verificar con precisión la fecha que les corresponde, con el fin de evitar sanciones por incumplimiento.

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Con el objetivo de facilitar el proceso, la entidad puso a disposición la Cartilla de Presentación de Información por Envío de Archivos 2026, que contiene el paso a paso para el cargue de formatos y especificaciones técnicas.

Asimismo, los contribuyentes pueden utilizar los prevalidadores de información tributaria correspondientes a la vigencia 2025, disponibles en el portal oficial.

¿Cuándo se debe declarar renta en 2026 en Colombia?

El calendario establece que las personas naturales deberán presentar su declaración entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, en función de los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Este sistema escalonado busca evitar congestión en la plataforma de la Dian, pero también exige disciplina: cada contribuyente tiene una fecha específica e inamovible.

Así operará el calendario:

01-02: 12 de agosto de 2026

03-04: 13 de agosto de 2026

05-06: 14 de agosto de 2026

07-08: 18 de agosto de 2026

09-10: 19 de agosto de 2026

11-12: 20 de agosto de 2026

13-14: 21 de agosto de 2026

15-16: 24 de agosto de 2026

17-18: 25 de agosto de 2026

19-20: 26 de agosto de 2026

21-22: 27 de agosto de 2026

23-24: 28 de agosto de 2026

25-26: 31 de agosto de 2026

Impuesto al patrimonio para personas naturales y jurídicas

En el caso de las personas naturales, el impuesto aplica para quienes, al 1 de enero de 2026, posean un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT, es decir, cerca de $3.770 millones.

Arrancan los vencimientos tributarios: guía completa de fechas clave para sus obligaciones fiscales

Este grupo incluye también sucesiones ilíquidas, contribuyentes del régimen SIMPLE y personas naturales extranjeras, tengan o no residencia en el país.

Las tarifas para estos contribuyentes son marginales y oscilan entre el 0% y el 1,5%, dependiendo del nivel de patrimonio. La declaración y el pago de la primera cuota deberán realizarse entre el 12 y el 26 de mayo, según el último dígito del NIT, mientras que la segunda cuota tendrá como fecha límite el 14 de septiembre.

Por su parte, las personas jurídicas entran bajo un nuevo esquema definido en los Decretos 0173 y 0240 de 2026, que amplían el alcance del impuesto a sociedades de hecho, establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras.

Para sociedades de hecho y demás personas jurídicas, el hecho generador se configura cuando el patrimonio líquido sea igual o superior a 200.000 UVT al 1 de marzo de 2026, lo que equivale a aproximadamente $10.474 millones. En estos casos, las tarifas varían entre el 0,5% y el 1,6%, dependiendo del sector económico.

Estos contribuyentes deberán presentar la declaración y pagar la primera cuota a más tardar el 1 de abril, mientras que la segunda cuota deberá cancelarse antes del 4 de mayo.

Otros plazos clave que deben tener en cuenta

Además del calendario general, existen fechas límite para reportes específicos. Entre ellas, se destacan los Estados Financieros Consolidados y Enajenantes de Acciones, cuyo plazo vence el 30 de junio de 2026.

También están los reportes de alcaldías y distritos relacionados con el ICA, que deberán presentarse hasta el 31 de agosto. En otros casos, como la Registraduría Nacional y el Ministerio de Cultura, los plazos dependen de periodos específicos durante el año.

La información exógena es fundamental para el control fiscal y la detección de inconsistencias en las declaraciones. FOTO EL COLOMBIANO
La información exógena es fundamental para el control fiscal y la detección de inconsistencias en las declaraciones. FOTO EL COLOMBIANO

En paralelo, entre el 13 y el 27 de abril, los grandes contribuyentes deben presentar la declaración y pagar la segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios.

Adicionalmente, ciertas entidades financieras, aseguradoras y actores del mercado de valores que cumplan condiciones específicas de renta gravable deberán liquidar y pagar anticipos adicionales, de acuerdo con el último dígito de su NIT.

Impuestos que vencen en abril

Durante este mismo periodo también se concentran otras obligaciones. Entre el 13 y el 27 de abril, los agentes de retención y autorretenedores deben declarar y pagar las retenciones correspondientes a marzo de 2026.

En ese mismo rango de fechas, los grandes contribuyentes con activos en el exterior superiores a 2.000 UVT al 1 de enero de 2026 ($104.748.000) deberán presentar la declaración anual de estos bienes.

Por su parte, el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM tendrá como fecha límite el 16 de abril, mientras que los contribuyentes del Régimen Simple de Tributación deberán presentar su declaración anual entre el 20 y el 24 de abril.

¿Qué deben hacer los contribuyentes internacionales?

Hasta el 23 de abril, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con Presencia Económica Significativa deberán declarar y pagar el impuesto sobre la renta mediante el formulario 115. Este plazo aplica de manera uniforme, sin depender del último dígito del NIT.

Para la vigencia 2025, los contribuyentes deben regirse por lo establecido en las resoluciones 000162 de 2023 y 000188 de 2024. La entidad también aclaró que las modificaciones introducidas en 2025 aplicarán a partir del año gravable 2026.

Finalmente, la entidad de impuestos recordó que, aunque sigue habilitada la opción de reportar voluntariamente información de años anteriores (2021 a 2024), el cumplimiento de la exógena correspondiente a 2025 es obligatorio.

Entérese: ¿Cuándo vence la declaración de renta en 2026? Conozca fechas, montos y requisitos

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