Durante el evento Justicia Abierta, realizado en Ibagué, el presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra, despejó cualquier duda sobre la legalidad de una eventual convocatoria por decreto. “Antes de hacer la consulta popular debe existir un concepto favorable del Senado, de suerte que, si no hay un concepto favorable del Senado, pues no puede haber consulta”, afirmó el magistrado.
Álvarez Parra también hizo un llamado a respetar la institucionalidad y las decisiones de los jueces, al recordar que la consulta popular está sujeta a reglas que no pueden ser obviadas por el Ejecutivo. “Hay que rodear a la justicia y valorar la función que cumplen los jueces. Los jueces en Colombia deciden los destinos de una persona: la vida, la libertad, los bienes. Cada fallo judicial resuelve un conflicto”, señaló.
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Además, el presidente del Consejo de Estado advirtió que, incluso si la consulta llegara a ser aprobada por el Congreso, aún tendría que cumplir con exigentes requisitos de participación ciudadana. “Si no participa la tercera parte del censo electoral colombiano, tampoco se daría. Estamos hablando de 13 millones 800 mil ciudadanos, aproximadamente. Aun habiendo esa consulta, también se exige que sea aprobada por la mitad más uno de los participantes”, explicó.
Una vez radicada la consulta, el Senado tiene plazo hasta el 1.º de junio para decidir si avala o niega el mecanismo con el que desde Casa de Nariño buscan impulsar la fallida reforma laboral y, de paso, potenciar el mandato del “Gobierno del Cambio” en su recta final.