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Corte Suprema niega tutela a Epa Colombia: seguirá en la cárcel El Buen Pastor

La tutela que buscaba beneficios para la influencer Daneidy Barrera fue presentada por varios ciudadanos.

  • Daneydis Barrera, conocida en redes sociales como Epa Colombia, permanece en una cárcel de Bogotá por los actos vandálicos que protagonizó en una estación de TransMilenio. FOTO: Colprensa
    Daneydis Barrera, conocida en redes sociales como Epa Colombia, permanece en una cárcel de Bogotá por los actos vandálicos que protagonizó en una estación de TransMilenio. FOTO: Colprensa
hace 1 hora
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La Corte Suprema le negó la tutela a Daneidy Barrera, conocida como “Epa Colombia”, condenada a más de 5 años de prisión por los delitos de instigación a delinquir con fines terrorista.

La tutela, presentada por varios ciudadanos, buscaba la libertad para la empresaria y creadora de contenido, sin embargo, el fallo consideró que:

En lo relacionado con las quejas expuestas (...) conviene referir que los solicitantes carecen de legitimación para enarbolarlas. Ello, pues, no son estos quienes ostentan la titularidad de las prerrogativas que se invocan, pues acudieron a esta vivía en beneficio de Daneidy Barrera Rojas, sin aducir alguna circunstancia especial que justifique su vinculación”.

Por lo tanto, Barrera seguirá recluida en la cárcel El Buen Pastor, de Bogotá, pagando una condena de 63 meses y 15 días de prisión por ocasionar destrozos con un martillo en una estación de Transmilenio durante una protesta callejera, mientras se grababa y transmitía por redes sociales.

El abogado Francisco Bernate, quien representa a la empresaria, ha pedido a la ciudadanía frenar las tutelas, pues esto ralentiza el sistema judicial.

“Ha sido algo que ha generado todo tipo de dificultades, entiendo que quieran ayudar, pero la realidad es que la avalancha de tutelas que se presentaron en la Corte Suprema de Justicia y el que ahora pues haya fundaciones que desconozco quiénes son o con qué interés actúan estén recurriendo ante el juez de ejecución de penas, pues lo único que logra es estrechar los caminos para que nosotros podamos desarrollar una estrategia, es una situación que humanamente entiendo, pero que las personas no se alcanzan a imaginar el daño que hacen al cerrar y cerrar las posibilidades que nosotros podemos ejercer en defensa de la ley”, había dicho Bernate.

Entre tanto, por orden del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Bogotá, se están recolectando pruebas para determinar si la sentenciada Barrera Rojas es apta para recibir el beneficio de la detención domiciliaria y conmutar parte de su pena con servicio comunitario.

De acuerdo con la orden de la juez Ginna Coral Alvarado, emitida el pasado 14 de abril para practicar pruebas, partió de una solicitud de la defensa de la influenciadora.

En su petición, el defensor enfatizó que Barrera carece de antecedentes penales previos a la sentencia, es madre cabeza de familia y tiene “una disposición clara y contundente de acogerse a la pena sustitutiva, sustentada con su trayectoria y el desarrollo de su proyecto ‘Aprende y Emprende con EPA Colombia’, en el que su enfoque social y de inclusión, ratifica su compromiso con la comunidad y con la población vulnerable”.

Tal proyecto social se venía implementando con las presas de El Buen Pastor, hasta su encarcelamiento en ese mismo recinto el pasado mes de enero.

Lea también: Corte Suprema ratifica condena de 5 años contra ‘Epa Colombia’: no tendrá prisión domiciliaria

La jueza ordenó la práctica de seis pruebas, que incluyen una solicitud al Ministerio de Justicia para que “remitan el registro actualizado de las plazas para la prestación del servicio de utilidad pública y los convenios disponibles en la ciudad de Bogotá”, para analizar si “Epa” puede hacer algún servicio comunitario.

También se hará una visita sociofamiliar la casa de Barrera, para establecer “quiénes habitan el lugar, qué vínculos tiene la sentenciada, cómo ha sido su comportamiento en el hogar, qué actividades ha realizado”, según el documento judicial.

Se llamará a declarar a algunas personas cercanas a la detenida y se estudiará si por su comportamiento en la cárcel se le puede aplicar alguna redención de la pena (rebajas de tiempo por trabajo, estudio y buen comportamiento).

“Una vez recibida la información y documentación señalada, este despacho emitirá pronunciamiento frente a las peticiones de prestación de utilidad pública como sustitutiva de la prisión en aplicación a lo dispuesto en la Ley 2292 de 2023 y el sustituto de la prisión domiciliaria por madre cabeza de familia presentadas a favor de Daneidy Barrera”, señaló la juez.

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