La Corte Internacional de Justicia (CIJ) —la más alta instancia judicial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)— emitió este miércoles una opinión consultiva sobre las obligaciones legales de los Estados frente al cambio climático y la responsabilidad económica de los países que históricamente han contaminado más el planeta.
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El caso, según los expertos, es el de mayor envergadura tramitado por la CIJ, que celebró sus sesiones el pasado diciembre en el Palacio de la Paz, en La Haya. Si bien es de carácter consultivo y no vinculante, podría influenciar de manera decisiva la justicia climática y sentar jurisprudencia de cara a leyes y decisiones judiciales futuras en todo el mundo.
En ese sentido, esa instancia señaló que el cambio climático es una “amenaza urgente y existencial”, en una opinión consultiva sobre las obligaciones legales y la responsabilidad económica de los Estados.
“El tribunal constata que las consecuencias del cambio climático son graves y tienen un gran alcance: afectan tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. Estas consecuencias ponen en relieve la amenaza urgente y existencial que supone el cambio climático”, afirmó el magistrado de esa Corte, Yuji Iwasawa.
Por otro lado, el informe señaló que los Estados tienen obligaciones estrictas de proteger el sistema climático para las generaciones actuales y las futuras.
Sobre esto, Iwasawa expuso que “con respecto a la obligación de prevenir daños significativos al medio ambiente, el Tribunal considera que también se aplica al sistema climático, que forma parte integrante y es un componente esencial del medio ambiente y que debe protegerse para las generaciones actuales y futuras”.
Así mismo, advirtió que “los efectos adversos del cambio climático podrían perjudicar significativamente el disfrute efectivo de ciertos derechos humanos, como el derecho a la salud” y “el derecho a un nivel de vida adecuado”.
Entre tanto, el magistrado habló de un “acto internacional ilícito” debido a la “violación” de las obligaciones climáticas por parte de los Estados, por lo cual es susceptible de dar lugar a indemnizaciones a los países afectados, en determinadas condiciones y según cada caso, según concluyó por unanimidad la CIJ.
“Las consecuencias jurídicas derivadas de la comisión de un acto internacional ilícito pueden incluir (...) la reparación íntegra del perjuicio sufrido por los Estados lesionados en forma de restitución, indemnización y satisfacción”, declaró Iwasawa, quien es el presidente de esa Corte.
Sobre este informe, el ministro de Cambio Climático de Vanuatu (uno de los países que fueron parte en el proceso ante el tribunal de La Haya), Ralph Regenvanu, afirmó que es “un hito histórico para el clima” y agregó que “es un cambio de rumbo muy importante en este momento tan crítico”.
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