El abogado y expresidente de Colpensiones, Pedro Nel Ospina, presentó una demanda ante el Consejo de Estado en la que solicita la nulidad del acto administrativo emitido por el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), mediante el cual se activó la cláusula de escape de la regla fiscal.
“La acción de nulidad simple se presenta con fundamento en el numeral 1 del artículo 137 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en el cual se establece que es una acción de control pública, de la que puede disponer todo ciudadano para solicitar la nulidad de un acto administrativo de carácter general, por lo que se cumple con la legitimación en la causa por activa”, se lee en el documento.
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Agrega que el acta donde se activó la cláusula de escape de la regla fiscal no ha sido publicada en el Diario Oficial: “la última acta de ese órgano que se encuentra publicada en su página web es la número 782 correspondiente a la sesión del 25 de febrero de 2025”.
La demanda advierte que la Ley 1473 establece una norma especial que contempla la posibilidad de incumplimiento de la regla fiscal y fija las consecuencias de ello, ordenando al Gobierno Nacional adoptar metas y objetivos que garanticen su cumplimiento futuro.
Sin embargo, no prevé el uso de la cláusula de escape para estos casos. Por el contrario, dicha cláusula está concebida como una excepción aplicable únicamente en situaciones extraordinarias o que pongan en riesgo la estabilidad macroeconómica del país, y no como una herramienta para afrontar un incumplimiento o su eventual ocurrencia.
Asimismo, la demanda precisa que la acción de nulidad presentada tiene como única pretensión que se declare inválido el acto administrativo mediante el cual el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) —adscrito al Ministerio de Hacienda y presidido por el ministro de esa cartera— activó la cláusula de escape de la regla fiscal por un periodo de tres años, argumentando una situación fiscal calificada como grave y con efectos sobre la estabilidad macroeconómica del país.
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Según el demandante, este acto incurre en las causales de nulidad previstas en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca), al haberse expedido con base en la norma que establece la cláusula de escape “cuando la realidad es distinta”.
En ese sentido, sostiene que el Gobierno recurrió a este mecanismo anticipándose a un posible incumplimiento de la regla fiscal, eludiendo así la aplicación del artículo 13 de la Ley 1473, el cual establece que, ante un eventual incumplimiento, se deben presentar las razones ante el Congreso y definir nuevas metas y objetivos que aseguren su cumplimiento futuro.
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Finalmente, el demandante reitera que la cláusula de escape no fue diseñada para evitar el incumplimiento de la regla fiscal ni para justificar un mayor endeudamiento del Gobierno, sino que su uso está limitado a hechos extraordinarios o que amenacen la estabilidad macroeconómica. De lo contrario —insiste— el camino legal sería acudir al Congreso y ajustar las metas fiscales conforme a lo dispuesto en la ley.