La decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el decreto que fijó el salario mínimo de 2026 en $1.750.905 encendió la alarma entre trabajadores, pensionados y empleadores. La pregunta fue inmediata: ¿qué pasará con quienes ya habían recibido el incremento del 23%?
El propio fallo responde a esa inquietud.
En el acápite 3.2, titulado “Efectos en el tiempo de las medidas cautelares a decretar”, el alto tribunal deja claro que la suspensión no tendrá efectos retroactivos.
“La suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del año 2026 allí establecido y que fueron efectivamente causados o pagados con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo”.
Es decir, lo ya pagado no se toca.
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