La reforma laboral ya tiene un 75% aprobado y avanza hacia su recta final en el Congreso con el debate en plenaria del Senado.
Pero hay 12 puntos claves —todos conectados con las preguntas de la consulta popular que el Gobierno Petro quiere convocar— que deberán resolverse en comisión de conciliación, luego de que Cámara y Senado aprobaran versiones distintas.
Jornada laboral, recargos y licencias especiales
1. Jornada máxima de 8 horas diarias y jornada diurna hasta las 7 p.m.: Aprobado en Cámara (art. 11) y también en Senado, con entrada en vigor seis meses después.
2. Recargo del 100% por trabajar domingos y festivos: art. 17 en Cámara y art. 15 en Senado, con redacción diferente pero contenido similar. Se implementa gradualmente (80% en 2025, 100% en 2027).
3. Licencias por citas médicas y menstruación incapacitante: Reconocidas en el art. 18 en Cámara y art. 16 en Senado.
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Beneficios para Mipymes, inclusión y aprendices
4. Incentivos y tasas preferenciales para mipymes: Cámara (art. 38) y Senado (art. 36) coinciden: habrá beneficios por cumplir con seguridad social.
5. Empresas deberán contratar personas con discapacidad: Cámara: 1 por cada 100 empleados. Senado: 2 por cada 100 hasta 500 empleados y uno más por cada 100 adicionales.
6. Contrato laboral para aprendices del SENA: aquí hay diferencia:
-Cámara (art. 22): convierte el contrato de aprendizaje en contrato laboral.
-Senado (art. 23): mantiene la naturaleza especial, pero con mejores condiciones (75% del salario mínimo en etapa lectiva, 100% en práctica, con salud, pensión y ARL).
Seguridad social y trabajo informal
7. Afiliación parcial obligatoria para repartidores de plataformas digitales: aprobado en ambos: art. 27 en Cámara y art. 29 en Senado.
8. Formalización de trabajo doméstico, comunitario y otros sectores informales: incluido en múltiples artículos en ambas cámaras.
9: Contrato indefinido como regla general: aprobado igual en ambas cámaras (art. 5, que modifica el artículo 47 del Código Sustantivo del Trabajo).
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Lo que no pasó igual o se cayó
10. Régimen laboral especial para trabajadores del campo: Cámara lo eliminó (artículos 31-33 no fueron aprobados). Senado aprobó el art. 40, que establece una política pública de apoyo agropecuario.
11. Eliminación de la tercerización por contratos sindicales: Cámara aprobó el Art. 67, que los prohíbe. Senado mantuvo el artículo 482 del CST, por lo que siguen vigentes.
12. Fondo especial para bono pensional campesino: aprobado en ambas cámaras, pero como parte de la reforma pensional, no la laboral.