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¿Qué viene ahora para la reforma pensional? Esto dice Asofondos

Asofondos destca que la Corte Constitucional mantiene la reforma pensional, aunque devuelve algunos artículos a la Cámara para subsanar su trámite.

  • Andrés Velasco, presidente de Asofondos. FOTO: Cortesía.
    Andrés Velasco, presidente de Asofondos. FOTO: Cortesía.
hace 34 minutos
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La Corte Constitucional avaló la reforma pensional, pero devolvió nueve artículos al Congreso para que se subsanen los vicios de trámite identificados. Entre las disposiciones declaradas exequibles está el artículo 76, que permitió la llamada ‘ventana de oportunidad’ para el traslado de régimen de alrededor de 150.000 afiliados.

La Cámara de Representantes tendrá 30 días, contados desde la notificación de la sentencia y no desde su comunicación, para revisar y subsanar los artículos que no superaron el examen constitucional. Este punto es relevante porque en junio pasado el trámite de la reforma volvió a presentar un vicio de procedimiento.

Una vez la Cámara cumpla la orden, el presidente de esa corporación deberá enviar a la Corte un informe sobre el trámite realizado. El alto tribunal tendrá entonces la última palabra sobre si las disposiciones corregidas cumplen con la Constitución.

Si la Corte da su aprobación definitiva a estos artículos, la reforma pensional entrará en vigencia en su totalidad el 1.° de abril de 2027.

Lo que dice Asofondos sobre la decisión de la Corte Constitucional

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, destacó que la decisión de la Corte Constitucional mantiene en pie la reforma pensional, aunque ordena devolver algunos artículos a la Cámara de Representantes para subsanar su trámite.

“Lo primero que recibimos desde la industria de los fondos de pensiones privados es que tenemos una reforma pensional. Esa es la primera conclusión que sacamos”, señaló Velasco.

El presidente de Asofondos explicó que la Corte declaró exequibles la mayoría de las disposiciones de la Ley 2381, mientras que otros artículos deberán regresar a la plenaria de la Cámara para ser revisados y subsanados.

“La Corte Constitucional divide el estudio de los artículos entre unos que están exequibles, su mayoría, y otros que deben volver al Congreso de la República, específicamente a la Cámara de Representantes, para ser subsanados”, afirmó.

Velasco destacó que el alto tribunal dio al Congreso un plazo de 30 días para realizar este trámite y estableció el 1.° de abril de 2027 como fecha para la entrada en vigencia de la reforma.

“La Corte Constitucional da 30 días para que el Congreso de la República subsane los artículos que deben ser revisados por el Congreso y establece que la reforma pensional entrará en vigor el primero de abril del año 2027”, dijo.

Entérese: Estos son los 10 artículos de la reforma pensional que devolvió la Corte a la Cámara

La Corte mantiene la esencia de la reforma pensional

Según Velasco, la decisión mantiene la estructura central del nuevo sistema pensional aprobado por el Congreso en 2024, basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario.

En el pilar contributivo se mantiene, además, la división entre el componente de prima media administrado por Colpensiones, hasta 2,3 salarios mínimos, y el componente complementario de ahorro individual administrado por las AFP.

“En general, el sistema de pensiones que fue aprobado por el Congreso de la República en el año 2024, que se constituía en cuatro pilares, permanece como estructura básica de la reforma”, sostuvo.

Velasco consideró que las próximas semanas serán determinantes para definir el contenido definitivo de la reforma y su aplicación a partir de abril de 2027.

“Los próximos 30 días serán fundamentales para completar el análisis y la aprobación en el Congreso de la República del sistema pensional que tendremos, por lo menos, a partir del primero de abril”, afirmó.

Asimismo, el presidente de Asofondos señaló que el sector realizará un análisis más detallado una vez se conozca el texto completo de la sentencia de la Corte Constitucional. “Estaremos haciendo análisis mucho más detallados del contenido del fallo una vez este sea hecho público y tengamos todos los detalles sobre las intenciones y las decisiones de la Corte Constitucional con respecto a la reforma pensional”.

Puede leer: Corte regresa al Congreso, por segunda vez, la reforma pensional: debatirán 10 artículos

Lo que sigue de la reforma pensional

El presidente de Asofondos explicó que el pronunciamiento de la Corte Constitucional conocido anoche corresponde únicamente al análisis de las demandas relacionadas con posibles vicios de forma en el trámite de la reforma pensional.

“Recordemos que el análisis de constitucionalidad que estaba haciendo la Corte Constitucional es la revisión de las demandas que existían por vicios de forma, que se están analizando desde que fue sancionada la reforma, el 16 de julio de 2024”, señaló.

Velasco aclaró que todavía están pendientes otras demandas que cuestionan aspectos de fondo de la Ley 2381 de 2024. “Existen otras demandas de ciudadanos en general que decían que hay problemas de fondo en el trámite de la ley y en lo que fue aprobado en la reforma pensional”, afirmó.

Por ello, explicó que la Corte Constitucional deberá adelantar posteriormente el estudio de esas demandas para determinar si existen razones de fondo que puedan afectar la exequibilidad de la reforma.

“Esas revisiones de constitucionalidad de las otras demandas siguen pendientes y la Corte Constitucional en adelante procedería a hacer esa revisión de constitucionalidad de esas demandas adicionales de temas de fondo”, sostuvo.

Sobre la decisión conocida este miércoles, Velasco indicó que la Corte ordenó corregir los vicios de procedimiento identificados en nueve artículos y dio al Congreso un plazo de 30 días para hacerlo.

“Por ahora, la información que tenemos del fallo que se ha anunciado esta noche es que hay que subsanar los vicios de forma que se identificaron en nueve artículos de la reforma aprobada en 2024 en los próximos 30 días”, explicó.

A su vez, eñaló que, si durante ese periodo no existe una decisión de la Corte sobre las demandas de fondo, la reforma pensional entraría en vigencia el 1.° de abril de 2027. “Si no hay una decisión de las demandas de fondo, la reforma pensional entraría en vigor a partir del primero de abril del próximo año”.

Lea más: Corte regresaría la reforma pensional de Petro al Congreso por segunda vez, esto se sabe

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